La jueza Loretta Preska, del Tribunal del Distrito Sur de
Nueva York, resolvió suspender la búsqueda de activos de YPF en el marco del
juicio por la expropiación de 2012, mientras se define una apelación en curso.
La decisión no modifica la condena contra el Estado argentino, pero le otorga a
la petrolera tiempo procesal frente a los intentos de ejecución impulsados por
los demandantes.
El litigio se originó tras la expropiación de YPF durante
el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner. En 2023, la Justicia
estadounidense condenó a la Argentina a pagar USD 16.000 millones, monto que
supera los USD 18.000 millones con intereses. La sentencia fue apelada tanto
por el Estado argentino como por Burford Capital, el fondo que adquirió los
derechos para litigar y que busca ejecutar el fallo aun mientras avanza la
revisión judicial.
En paralelo, Burford promovió acciones para identificar
activos embargables bajo la tesis de que YPF actúa como “alter ego” del Estado.
Esa estrategia incluyó pedidos de información y medidas de discovery sobre
bienes de empresas públicas y organismos vinculados a la Argentina.
La resolución de Preska accede al pedido de YPF de
suspender el discovery que la involucra directamente, mientras se analiza si la
compañía puede defenderse de manera autónoma o si su representación corresponde
al Estado. La pausa limita, por ahora, el alcance de eventuales embargos sobre
activos de la petrolera, aunque no detiene otras acciones de cobro vinculadas
al caso.
Para Burford, la decisión implica una demora en su
estrategia de ejecución. Para YPF, representa un margen temporal para ordenar
su defensa en un proceso con impacto potencial sobre su operatoria y su acceso
al financiamiento.
La Cámara de Apelaciones deberá pronunciarse en la primera
mitad de 2026 sobre los recursos presentados. El Gobierno argentino anticipó
que agotará todas las instancias, incluida la Corte Suprema de Estados Unidos.
Mientras tanto, el litigio seguirá abierto en distintas ramas, con definiciones
pendientes sobre la responsabilidad patrimonial del Estado y el alcance de las
medidas de ejecución contra empresas públicas.
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