El ministro de Justicia de la Nación, Mariano Cúneo
Libarona, anunció ayer que el Gobierno impulsará la imprescriptibilidad de los
delitos sexuales como parte de la reforma del Código Penal. La medida busca
evitar que crímenes de esta naturaleza queden impunes por el paso del tiempo,
una preocupación que se reavivó tras un reciente y controvertido fallo de la
Corte Suprema de Justicia.
"Los delitos sexuales no deberían prescribir. Para
evitar este tipo de injusticias, en el nuevo Código Penal que enviaremos al
Congreso, propondremos la imprescriptibilidad de los delitos sexuales",
expresó Cúneo Libarona en su cuenta de X.
La declaración del ministro surge poco después de conocerse
la decisión de la Corte Suprema que sobreseyó al exsacerdote Justo José
Ilarraz, quien había sido condenado a 25 años de prisión por abusar de
seminaristas en el Seminario Menor de Paraná, Entre Ríos. Con la firma de los
jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo
tribunal declaró la prescripción de la acción penal, argumentando que los
hechos ocurrieron entre 1985 y 1993, y la denuncia se presentó recién en 2012.
El argumento de la Corte y el caso Ilarraz
Las víctimas de Ilarraz, que tenían entre 33 y 37 años al
momento de la denuncia, relataron que los abusos sucedieron mientras el
exsacerdote se desempeñaba como Prefecto de Disciplina. Los jueces de la Corte,
si bien reconocieron que los hechos fueron "aberrantes", consideraron
que no eran suficientes para declararlos como delitos de lesa humanidad y, por
ende, que no prescribieran.
El fallo de la Corte señaló que "Ilarraz ha sido
sometido a proceso y condenado por hechos presuntamente ocurridos entre 1988 y
1992, es decir, más de 19 años antes de la presentación de la denuncia penal y
32 años antes del dictado de la presente sentencia. Por lo tanto, de acuerdo
con la norma legal aplicable, ante la ausencia de supuestos de suspensión o
interrupción del curso de la prescripción, es evidente que la acción penal en
su contra está prescripta —cuanto menos— desde el año 2005”.
El caso Ilarraz saltó a la luz en septiembre de 2012,
cuando la revista Análisis de Paraná reveló los abusos. Justo Ilarraz fue
acusado de corromper a siete varones de entre 12 y 14 años entre 1985 y 1993,
período en el que fue guía espiritual de jóvenes que aspiraban a la vida
religiosa. La investigación judicial duró casi seis años y uno de los puntos
clave fue la discusión sobre la prescripción de la causa.
El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos había
sostenido que la gravedad de los hechos y el contexto de subordinación de las
víctimas justificaban la aplicación de criterios internacionales que excluyen a
estos delitos de la prescripción. Sin embargo, esta interpretación fue
rechazada por la Corte Suprema, reavivando el debate sobre la necesidad de una
reforma legal que proteja de manera más efectiva a las víctimas de delitos
sexuales.