El Gobierno de Chaco promulgó una ley que incorpora
sanciones para quienes creen o difundan contenidos digitales falsos o
manipulados mediante inteligencia artificial cuando puedan perjudicar la
dignidad, intimidad o reputación de una persona.
La norma es la Ley N° 4250-J, promulgada por el gobernador
Leandro Zdero el 26 de agosto, y también alcanza el uso de identidades
digitales falsas o ajenas con fines de hostigamiento, daño o fraude.
La legislación incorpora estas conductas al Código de
Faltas provincial, bajo el título “Faltas Relativas a Contenidos Digitales
Manipulados o Sintéticos”.
Multas y arrestos según la conducta
La creación de un contenido manipulado sin el
consentimiento expreso e informado de la persona afectada podrá ser sancionada
con hasta 60 días de arresto o una multa de hasta 15 remuneraciones mínimas,
equivalente a unos $5.649.000.
Si el material además es difundido, la sanción puede
alcanzar los 90 días de arresto o 18 remuneraciones mínimas, que representan
aproximadamente $6.778.800.
Las penas aumentan cuando existe violencia de género o
intrafamiliar, cuando la víctima es menor de edad o una persona con
discapacidad, o cuando hay una relación de confianza entre el autor y la
víctima.
También se contemplan agravantes vinculados con el lucro,
la coacción y el daño psicológico grave. En esos casos, las sanciones pueden
llegar a 120 días de arresto o 20 remuneraciones mínimas.
Los jueces podrán ordenar el retiro del
contenido
La ley también incorpora herramientas para actuar
rápidamente frente a una denuncia. Los jueces podrán disponer medidas como la
eliminación inmediata de publicaciones, bloqueo de cuentas, prohibición de
contacto y restricciones sobre el uso de determinadas plataformas.
Las medidas preventivas de bloqueo o eliminación
provisional tendrán un plazo máximo de 24 horas y podrán dirigirse a redes
sociales, plataformas digitales, proveedores de internet y servicios de
alojamiento.
Además, la normativa establece pautas para preservar
pruebas digitales, como mensajes, videos y archivos, mediante procedimientos
que permitan acreditar cómo fueron obtenidos, quién tuvo acceso a ellos y qué
herramientas se utilizaron.
Qué contenidos quedan fuera de las sanciones
La legislación también contempla límites para evitar que
las nuevas sanciones afecten expresiones legítimas. Quedan exceptuadas las
producciones realizadas con inteligencia artificial que sean “claramente
artísticas, parodias, comentarios o críticas de interés público”, siempre que
no puedan confundirse con hechos reales ni tengan como objetivo perjudicar a
una persona.
La norma incorpora además capacitación específica en
ciberdelitos para magistrados y fiscales, en un contexto de creciente
utilización de herramientas de inteligencia artificial para crear imágenes,
audios y videos falsos.
“Cada día la tecnología avanza más y muchas veces se podría
utilizar para dañar”, sostuvo Magdalena Ayala, una de las impulsoras del
proyecto junto al diputado Iván Gyoker. La exlegisladora afirmó que la
regulación busca proteger a las víctimas “sin afectar la libertad de expresión
ni el uso legítimo de las herramientas digitales”.
Con la entrada en vigencia de esta legislación, la
provincia establece un marco específico para abordar la violencia digital y los
deepfakes, mientras el uso de inteligencia artificial plantea nuevos desafíos
para la Justicia y la protección de la intimidad.
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