El arzobispo de la Arquidiócesis de Corrientes, José Adolfo Larregain, confirmó que fue promulgado el decreto de nulidad del matrimonio celebrado el 28 de enero en la parroquia Nuestra Señora de Pompeya entre dos personas trans, al considerar que no reunió los requisitos establecidos por el Código de Derecho Canónico.
La decisión se conoció luego de que la ceremonia tuviera
difusión pública y generara repercusiones tanto dentro como fuera del ámbito
eclesiástico.
Fundamentos del decreto
En declaraciones a ACI Prensa, Larregain explicó que el
decreto declara formalmente la nulidad al entender que no se configuraron las
condiciones esenciales para la validez del sacramento del matrimonio.
Sostuvo que, según la normativa canónica, todo sacramento
requiere “materia y forma”, y que en este caso no se verificaron esos elementos
constitutivos.
El arzobispo argumentó que la Iglesia, en su potestad
ordinaria, debe custodiar los sacramentos y actuar cuando considera que no se
cumplen los requisitos exigidos por el derecho eclesial.
Repercusiones y postura de la pareja
La celebración fue protagonizada por Solange Ayala e Isaías
Díaz, quienes habían realizado el cambio registral de nombre y género en el
Documento Nacional de Identidad en el marco de la legislación argentina
vigente.
Días antes de la confirmación oficial, Ayala señaló en
diálogo con Radio Sudamericana que no había recibido notificación formal sobre
la nulidad. “Nos enteramos por los medios”, expresó, y agregó que no fueron
contactados ni por la parroquia ni por el Arzobispado.
La controversia también incluyó versiones sobre posibles
medidas disciplinarias, aunque desde la Iglesia aclararon que se actuó conforme
al procedimiento previsto.
Marco canónico y cierre del trámite
Larregain indicó que el decreto no crea una nueva
situación, sino que declara una nulidad que —según su interpretación— existía
desde el momento mismo de la celebración por no cumplir con el carácter
sacramental.
En ese contexto, mencionó además el documento Fiducia
Supplicans, publicado en 2023 por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe, como
referencia doctrinal sobre la administración de sacramentos.
Con la promulgación del decreto, el Arzobispado dio por
concluido el trámite en el ámbito eclesiástico. El caso, sin embargo, mantiene
repercusión pública por el debate que abre sobre identidad de género y
normativa religiosa en Argentina.
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