El titular del Juzgado Penal Económico N° 5, Diego
Amarante, citó a declaración indagatoria al presidente de la Asociación del
Fútbol Argentino (AFA), Claudio “Chiqui” Tapia, y a otros directivos, y dispuso
la prohibición de salida del país.
La medida también alcanza al tesorero Pablo Toviggino, al
director general Gustavo Lorenzo, al secretario general Cristian Malaspina y a
su antecesor Víctor Blanco.
Las audiencias comenzarán el 5 de marzo con Tapia y
continuarán el 6 y el 9 de ese mes con el resto de los imputados.
La acusación de ARCA
La causa fue impulsada por la Agencia de Recaudación y
Control Aduanero (ARCA), que denunció la omisión de depósitos de retenciones
impositivas y aportes de la seguridad social por más de 19.350 millones de
pesos.
El organismo encuadró los hechos en el Régimen Penal
Tributario (Ley 27.430), al considerar que las retenciones no fueron ingresadas
en distintos períodos fiscales entre marzo de 2024 y septiembre de 2025.
La querella sostuvo que la entidad contaba con fondos
suficientes y detalló ingresos millonarios durante 2024 y 2025, además de
constitución de plazos fijos en pesos y dólares.
Testimonios y circuito de pagos
En el expediente declararon responsables del área
administrativa, quienes describieron que la emisión de los volantes
electrónicos de pago dependía de la orden del tesorero.
Según consta en la causa, las cuentas bancarias requerían
firma conjunta de autoridades para disponer de fondos, y los balances con deuda
fiscal estaban suscriptos por los principales directivos.
Rechazo al intento de cerrar la causa
La defensa intentó frenar el proceso mediante una excepción
de falta de acción, al sostener que las deudas no eran exigibles por
resoluciones administrativas que suspendían ejecuciones fiscales.
El juez rechazó el planteo y afirmó que la exigibilidad de
la obligación tributaria surge con el vencimiento del plazo legal,
independientemente de las medidas administrativas sobre la ejecución.
Amarante advirtió que admitir que normas del Poder
Ejecutivo modifiquen el alcance de una ley penal afectaría el principio de
legalidad.
Riesgo de fuga y pena en expectativa
La prohibición de salida del país se fundamentó en la
gravedad de la acusación y en la eventual acumulación de penas prevista por el
artículo 55 del Código Penal, ante la presunta reiteración de hechos.
Para el tribunal, la escala penal en expectativa justifica
medidas para garantizar la presencia de los imputados en el proceso.
Con las indagatorias programadas para marzo, la causa entra
en una etapa clave que podría definir el rumbo judicial de la conducción de la
AFA.
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