Locales: Inédito en Corrientes: Preso obtiene derechos laborales tras años de trabajo en prisión

19/06/2025 | 127 visitas
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Un precedente judicial obliga al Gobierno de Corrientes a pagar aguinaldos, vacaciones y aportes jubilatorios a un recluso. -/- Por PGDJ.


Por primera vez en la provincia de Corrientes, la Justicia ha reconocido los derechos laborales de una persona privada de su libertad, sentando un precedente inédito sobre las garantías laborales dentro del sistema penitenciario. La medida beneficia a A. L. Arévalo, quien durante más de nueve años se desempeñó como cocinero y repartidor de alimentos en la Unidad Penal Nº 1 de la capital correntina.

Según consta en la causa, Arévalo trabajaba los siete días de la semana en turnos rotativos, sin aportes previsionales, sin elementos de seguridad y por una retribución simbólica de solo 500 pesos mensuales.

La jueza María Belén Güemes, titular del Juzgado con Competencia Administrativa Nº 2, dictó el fallo que hace lugar parcialmente a la demanda presentada por Arévalo contra el Estado provincial. La sentencia ordena el pago de diferencias salariales correspondientes al período entre septiembre de 2012 y septiembre de 2021, tomando como base las tres cuartas partes del Salario Mínimo Vital y Móvil, tal como lo establece la Ley Nacional 24.660 sobre ejecución de penas.

Además, el Gobierno de Corrientes deberá abonar los aguinaldos, vacaciones proporcionales, intereses y confeccionar el certificado laboral del interno, junto con los aportes jubilatorios correspondientes.

La jueza Güemes argumentó que "Arévalo trabajó bajo condiciones que se asemejaban más a una forma de explotación que a un programa de reinserción social". Su resolución se fundamenta en tratados internacionales de derechos humanos, como la Convención Americana y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, así como en las "Reglas Nelson Mandela" de la ONU sobre el tratamiento de reclusos.

Durante el juicio, se demostró que la empresa concesionaria del servicio alimentario, Shonko S.A., no tenía vínculo contractual con Arévalo, por lo que la responsabilidad recae de forma exclusiva en el Estado. El monto definitivo que el Estado deberá abonar aún no ha sido determinado, aunque la demanda original reclamaba más de 2,3 millones de pesos más intereses. La Provincia tiene ahora un plazo de 20 días hábiles para presentar los comprobantes de pagos; de lo contrario, la parte demandante podrá calcular las sumas adeudadas en base a los valores históricos del SMVyM.


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